De la infracción administrativa al Título XIII del Código Penal

marzo 4th, 2012 § 0

Exposición en la Facultad de Derecho y Ciencia Política de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, evento organizado por los miembros del Taller de Derecho Penal Económico.

Las diapositivas las pueden encontrar haciendo click aquí.

Institucionalidad y competencias en materia de recursos hídricos

marzo 4th, 2012 § 0

Comparto con ustedes una pequeña presentación que realice para el Taller de Derecho Ambiental de la UNMSM.

La presentación la pueden encontrar en el siguiente link.

Diez temas ambientales “pendientes” para el 2012

enero 1st, 2012 § 0

Como ya es costumbre cada fin de año, corresponde hacer un recuento de lo vivido, aprendido y mejorado, a fin de elaborar una lista de las cosas que se hicieron y aquellas que aún han quedado pendientes; en ese sentido, quisiera aprovechar la oportunidad que nos brinda el cambio de calendario para exponer mis 10 temas ambientales “pendientes” para el 2012, el cual es una suerte de guía – sin orden de prelación – donde expongo los temas ambientales y conexos que considero (por experiencia propia y ajena) más relevantes para los meses que se avecinan; por lo que espero se resuelvan o se empiecen a resolverse en el mediano o corto plazo a partir del 2012, agarren esa flor.
1. Reglamentación de la Ley del Derecho a la Consulta Previa a los Pueblos Indígenas u Originarios reconocido en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo – OIT
La entrada en vigencia de la norma sería a los 90 días de su publicación en el diario oficial El Peruano, es decir el 07 diciembre de 2011. Sin embargo, sabemos que dicha disposición carece de eficacia práctica dado que la misma no cuenta aún con el correspondiente reglamento que permita aplicar sus principios y disposiciones en las distintas áreas donde se ventilen los derechos de los pueblos indígenas. A la fecha, aún no tenemos un reglamento aprobado por el Ministerio de Cultura, solamente un proyecto, que podrían ser más, según lo señalado por el Viceministro de Interculturalidad.
Este tema será el primero de los varios retos en materia de legislación indígena que durante el 2012 deberá resolver el Ministerio de Cultura y el INDEPA; pero la realidad no abordará de improviso cuando toque aplicar las disposiciones de la Ley ante las contradicciones que naturalmente se generan entre los actores involucrados.
2. Adecuación del Reglamento Ambiental para las Actividades Minero Metalúrgicas a la Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental y su Reglamento
Quizás, pero sólo quizás, los conflictos sociales alrededor de Proyectos Mineros como Conga no serían lo que son sí es que el Ministerio de Energía y Minas ya hubiera pues el suficiente esfuerzo para mover su falta de voluntad política para aprobar la adecuación del Reglamento Ambiental para las Actividades Minero Metalúrgicas – D.S. N° 016-93-EM a las disposiciones de la Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental y su Reglamento, Ley N° 27446 y D.S. N° 019-2009-MINAM, respectivamente.
Hasta ahora, el Ministerio de Energía y Minas solamente ha pre-publicado un documento denominado: “Reglamento de Gestión Ambiental para las Actividades de Explotación, Beneficio, Transporte y Almacenamiento Minero; pero a la fecha no sé sabe a ciencia cierta qué resultados ha traído dicha propuesta.
Si por ejemplo, el reglamento ya hubiera sido adecuado, disposiciones como la Resolución Directoral N° 351-2010-MEM/AAM abrían requerido otros fundamentos para sustentar la aprobación condicionada (a la presentación del Estudio Hidrogeológico actualizado al 2013) del EIA del Proyecto Conga (D.S N° 053-99-EM); disposición que entra en confrontación con lo dispuesto en el artículo 16° del Reglamento de la Ley del SEIA, la cual establece expresamente que: “La Certificación Ambiental implica el pronunciamiento de la Autoridad Competente sobre la viabilidad ambiental del proyecto, en su integridad. Dicha autoridad no puede otorgar la Certificación Ambiental del proyecto en forma parcial, fraccionada, provisional o condicionada, bajo sanción de nulidad”.
En fin, una discusión que da para largo. » Read the rest of this entry «